BOLETÍN INFORMATIVO
Num. 131 · Enero-Marzo2020
Próximas declaraciones a presentar
HASTA EL 15 DE ABRIL
- Primer Trimestre de “Retenciones a Cuenta” a trabajadores, profesionales y artistas (Modelo 111).
- Primer Trimestre de “Retenciones a Arrendadores” (Modelo 115).
- Primer Trimestre de “I.V.A.” (Modelo 303).
- Primer Trimestre del “Pago Fraccionado” a Cuenta del I.R.P.F. (Modelos 130 y 131).
- Primer Trimestre de Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias (Modelo 349).
- Pago a Cuenta del Impuesto de Sociedades (Modelo 202).
Temas de interés (un pequeño resúmen)
Real Decreto-ley 10/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID19 y, en concreto:
- Regula un permiso retribuido recuperable para el personal laboral por cuenta ajena, de carácter obligatorio y limitado en el tiempo entre los días 30 de marzo y 9 de abril (ambos incluidos) para todo el personal laboral por cuenta ajena que preste servicios en empresas o entidades del sector público o privado que desarrollen las actividades no esenciales calificadas como tal en el anexo del RDL.
- Quedan excluidas del presente RDL las personas trabajadoras que tengan su contrato suspendido durante el período indicado y aquellas que puedan continuar prestando servicios a distancia, en concreto, las personas trabajadoras que:
a) Presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el anexo de este RDL
b) Presten servicios en las divisiones o en las líneas de producción cuya actividad se corresponda con los sectores calificados como esenciales en el anexo de este RDL
c) Estén contratadas por empresas que hayan solicitado o estén aplicando un ERTE de suspensión o aquellas a las que les sea autorizado un ERTE de suspensión durante la vigencia del permiso previsto en este RDL
d) Que se encuentren de baja por incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas.
e) Que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquier de las modalidades no presenciales de prestación de servicios.
Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
Artículo 2. Medidas extraordinarias para la protección del empleo.
La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido
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